Formación obligatoria de PRL establecida por el Acuerdo Estatal del Metal (26/04/2011)
Obligatoria para la TPCmetal y para el REA
El Acuerdo Estatal del Metal establece los contenidos obligatorios para la formación en Prevención de Riesgos Laborales, válidos tanto para la Tarjeta Profesional de la Construcción en el Sector Metal y para el Registro de Empresas Acreditadas (REA) para la sucontratación en el sector de la Construcción.
CONTENIDO FORMATIVO PRIMER CICLO: Nivel Inicial de 8 horas
CONTENIDO FORMATIVO DE SEGUNDO CICLO:
Puesto/Actividad
Mínimo de horas
Directivos
10
Responsables y técnicos de ejecución
20
Mandos intermedios
20
Delegados de Prevención
50
Administrativos
20
Formación por actividad
Electricidad: montaje y mantenimiento de instalaciones de alta tensión y baja tensión
20
Ferrallado
20
Fontanería e instalaciones de climatización
20
Instalación de ascensores
20
Operadores de aparatos elevadores
20
Operadores de Equipos manuales
20
Instalaciones, reparaciones, montaje, estructuras metálica, carrajería y carpintería metálica
20
CONTENIDO FORMATIVO PARA EL NIVEL BÁSICO DE PREVENCIÓN: 60 horas